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- Autor : FABIAN LUZ
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AutorRespuesta No: 3550
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Fecha de respuesta: Martes 08 de Diciembre de 2015 10:23 2015-12-08 10:23 desde IP: 187.208.79.58
TIENES QUE ENDOSAR EN PROCURACION ESOS PAGARE EN FAVOR DE LA PERSONA QUE LO VA A IR A COBRAR Y LA OTRA PERSONA TIENE QUE DEMANDAR EL PAGO ANTE LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL DEPENDIENDO DEL MONTO TOTAL, RECUERDA QUE SOLO TIENES 3 AÑOS PARA HACERLO EFECTIVO EN LA VÍA EJECUTIVA MERCANTIL POSTERIORES A LA FECHA EN QUE SEAN PAGADEROS
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