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AutorRespuesta No: 3521
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Fecha de respuesta: Viernes 12 de Junio de 2015 00:16 2015-06-12 00:16 desde IP: 189.198.82.209
El delito en su momento si existes es abuzo de confianza, pero no si no hay prueba de ello, con las pruebas documentales del inventario en el cual acreditas que estas 100% seguro de no haber faltantes, puedes demandar a la empresa y de paso negarte a pagar el faltante siempre y cuando igualmente acredites que el día que se dio el faltante no te encontrabas en el centro de trabajo.
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