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  • Consulta : 3528
  • Autor : Tiptau1
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  • Autor
    Respuesta No: 3246

  • Tiptau1
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, más bien tu jornada laboral no puede exceder más de 6:30 hrs, si laboras más de ese periodo es tiempomextra