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  • Consulta : 349
  • Autor : abogado leon
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  • Autor
    Respuesta No: 344

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    edgar: De nueva cuenta recibe saludos de tu amigo el Lic. Polo: Mira edgar, a la empresa no le puedes obligar a que se te pague una indemnizacion por tu pierna, ya quien se hace RESPONSABLE para esos efectos de tu pierna, el IMSS, ahora bien al referirme yo a "Que aún no es el momento de una indemnización", me refiero a que esto sucederá hasta que te DESPIDAN, para poder demandar a la empresa por despido injustificado.

    Por otro lado si no estas de acuerdo con la pensión del 40%, puedes meter una INCONFORMIDAD, para que se te revalore esa pensión y esperar la AFIRMATIVA ó la NEGATIVA, para esta última entoces se tendría que demandar al IMSS ante la junta federal.

    Edgar, creeme que entiendo tu situación pero este es NUESTRO SISTEMA legal en este hermoso país. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE !  !  !  !  !  !