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Fecha de respuesta: Martes 05 de Octubre de 2010 20:47 2010-10-05 20:47 desde IP: 189.189.118.57
rocio falcon: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de Mexico: Es importante, que no deje pasar más tiempo vaya a la Procuraduría de la defensa del Trabajo de su Estado. El Artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo dice: Tendrán derecho a recibir la indemnización en los casos de muerte: Fracción I.- La viuda, ó el viudo que hubiese dependidod económicamente ........ ydemás fracciones. II, III, IV, y V. Este Artículo habla de las personas que tienen derecho a recibir la indemnización.
Ahora bien el Articulo 502 de la Ley Federal del Trabajo. Dice a la letra: En caso de muerte del trabajador, la INDEMNIZACIÓN que corresponda a las personas a que se refiere el artículo anterior será la cantidad equivalente a el importe de 730 días de salariosin deducir la indemnización que percibió el trabajador durante el tiempo en que estuvo sometido al régimen de incapacidad temporal.
Artículo 500: Cuando el riesgo traiga como consecuencia la muerte del trabajador, la indemnización comprenderá Fracción: I .- Dos meses por concepto de gastos funerarios. Fracción II .- El pago de la cantidad que fija el Artículo 502.
Es importante que para el cobro de la ayuda para los gastos funerarios, es necesario que se cuente con las FACTURAS de los gastos, y podrá cobrarlos la persona que se presente con dichos documentos en original. BUeno independiemntemente de la ya dicho, se le deberán pagar: Prima de Antigüedad, Vacaciones, Prima Vacacional y demás prestaciones que le adeuden. Aquí no procede la INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL por no existir elemnto de despido. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! ! !
Tiene más dudas? con gusto pr este mismo medio le podré ayudar.
NO TARDEN EN PRESENTAR LA DEMANDA. ESTO ES URGENTE.
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