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  • Consulta : 3215
  • Autor : SENTIDOJURIDICO
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  • Autor
    Respuesta No: 3117

  • SENTIDOJURIDICO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    OK. PRIMERAMENTE SE RETIRA POR MUTUO PROPIO O LO ESTAN DESPIDIENDO; SI LO ESTAN DESPIDIENDO EN EFECTO SE TRATA DE UNA INDEMNIZACION Y SI USTED SE RETIRA SOLO SON PRESTACIONES, LE MANEJARE QUE LE TOCA EN AMBOS CASOS:

    DESPIDO INJUSTIFICADO:

    INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL 90 DÍAS

    AGUINALDO 10.25 DÍAS

    VACACIONES 28 DÍAS

    PRIMA VACACIONAL 7 DÍAS

    PRIMA DE ANTIGUEDAD 12 DIAS POR AÑO 468 AL DOBLE DEL SALARIO MINIMO VIGENTE COMO TOPE LO QUE ARROJA $56160.00

     

    SEPARACION VOLUNTARIA:

     

    AGUINALDO

    VACACIONES

    PRIMA VACACIONAL

    PRIMA DE ANTIGUEDAD

     

    A EXEPCION DE LA PRIMA DE ANTIGUEDAD LAS DEMAS PRESTACIONES SE CUANTIFICAN POR SU SALARIO DIARIO ES DECIR LA CANTIDAD QUE GANA AL MES ENTRE 30 QUE SON LOS DIAS; SI GUSTA UNA ASESORIA TELEFONICA MANDEME UN MENSAJE AL 55 22 54 96 67 Y CON GUSTO LE REGRESO LA LLAMADA O SI PREFIERE EN EL DESPACHO QUE SE ENCUENTRA A LA SALIDA DEL METRO HIDALGO EN CALLE DOCTOR MORA. SUERTE