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  • Consulta : 2962
  • Autor : TOCA1968
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  • Autor
    Respuesta No: 2954

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    CONSULTANTE kusanagami,

    Presente:

               

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

                           

    Le diré Consultante que es una decisión que solamente usted puede y debe tomar.

     

    Como bien dice, se puede boletinar a un trabajador que ha demandado a efecto de que otras empresas se abstengan de contratarlo por conflictivo.

     

    Por otro lado también podrá interpretarse, cuando soliciten información (en caso de que usted no demande) respecto a su desarrollo laboral, dirán que es una persona de quien se puede abusar, ya que no ejerce sus derechos y menos exige se cumplan sus derechos ¿se podrá contar con alguien así para en un momento dado, defender los intereses de la nueva empresa?

     

    Debe tomar en cuenta también que para poder demandar cuanta con DOS MESES para intentar una acción legal (demandar la reinstalación o la indemnización). Lo anterior de conformidad con el artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo, entiende; saludos y suerte en su caso.

    Por lo que le aconsejo jurídicamente que se asesore de un abogado que sea experto en MATERIA LABORAL, para que tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

     

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

     

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

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