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AutorRespuesta No: 285
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Fecha de respuesta: Sábado 25 de Septiembre de 2010 19:44 2010-09-25 19:44 desde IP: 206.53.153.244
La carga de la prueba en el juicio le corresponde al patron, no importa el salario k te registro ante imss, solo deberas acreditarlo con los depositos bancarios a tu favor; tu salario es el total recibido en tu ultimo mes laborado dividido entre 30 dias, asi pues.. Si cierra la empresa, tienes derecho a indemnizacion conforme al art. 50 de la ley fed del trabajo. Saludos.
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