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  • Consulta : 290
  • Autor : lic cuahutemoc
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  • Autor
    Respuesta No: 285

  • lic cuahutemoc
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    La carga de la prueba en el juicio le corresponde al patron, no importa el salario k te registro ante imss, solo deberas acreditarlo con los depositos bancarios a tu favor; tu salario es el total recibido en tu ultimo mes laborado dividido entre 30 dias, asi pues.. Si cierra la empresa, tienes derecho a indemnizacion conforme al art. 50 de la ley fed del trabajo. Saludos.