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AutorRespuesta No: 2760
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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Julio de 2012 16:12 2012-07-12 16:12 desde IP: 187.139.71.182
Buena tarde, supongo entonces que el laudo, como patrón, le fue contrario. Cuenta con 15 días hábiles para ampararse...saludos.
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