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  • Consulta : 2786
  • Autor : SENTIDOJURIDICO
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  • Autor
    Respuesta No: 2768

  • SENTIDOJURIDICO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    OK. CUANDO UNO DE MANERA VOLUNTARIA DECIDE TERMINAR CON LA RELACIÓN LABORAL, EL PATRON ESTA OBLIGGADO A PAGAR UNICAMENTE LAS PARTES PROPORCIONALES QUE LE CORRESPONDAN; ES DECIR AGUINALDO, VACACIONES, PRIMA VACACIONAL, EN SUS PARTES PROPORCIONALES Y LOS DIAS QUE HAYA LABORADO Y NO LE HAYAN PAGADO; POR OTRA PARTE USTED LLEVA 10 AÑOS PERO LA LEY CONTEMPLA QUE PARA QUE PUEDA RECIBIR SU PRIMA DE ANTIGUEDAD DEBIO HABER CUMPLIDO 15 AÑOS CUNADO MENOS; PERO BIEN HAY EMPRESAS QUE POR EL TIEMPO LES DAN UNA GRATIFICACION QUE PUEDE PARECERSE A LA PRIMA DE ANTIGUEDAD. SUERTE