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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Julio de 2012 15:44 2012-07-19 15:44 desde IP: 189.189.124.134
vicvec: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec estado de México: Respecto a tus dudas te hago saber, que cuando a parece esa situacion (en la actualidad, se lleva a cabo bastante), el PATRON SUBSTITUTO es responsable por el periodo de SEIS MESES, ahora bien el trabajador no tiene la obligación de saber el NOMBRE de sus patrones (morales y fisicos).
Por esto cuando se demanda laboralmente, ponemos que se demanda a "PATRONES MENDIGOS, S,A DE C, V.", también se pone y/o quien resulte responsable de la fuente de trabajo "en el presente y en lo futuro".
Aclaro, que esa frase no es el "abrete sesamo", porque en el momento de que se tenga conocimiento de tal hecho, hay que hacerlo saber a la Junta, para que tenga conocimiento, y también se les haga saber a las autoridades hacendarias. OK? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! !
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