- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 2636
- Autor : LOTARIO
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 36
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 2634
-
Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Junio de 2012 20:30 2012-06-06 20:30 desde IP: 189.161.192.55
BUENA NOCHE. ES UNA EXCEPCIÓN DILATORIA. PROCEDE CUANDO UNA JUNTA YA CONOCE DEL ASUNTO Y SE INTENTA LA ACCIÓN ANTE OTRA JUNTA.
-
Autor