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Fecha de respuesta: Jueves 30 de Septiembre de 2010 11:39 2010-09-30 11:39 desde IP: 187.136.29.245
BUENOS DIAS.-
EL EXPEDIENTE LABORAL 695/2003 DEMANDA IRINEO SOLIS SOLIS VS. CFE JUICIO RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD
PRIMERO EL EXPEDIENTE EN ESTE MOMENTO LO TIENE LA ACTUARIA RESPONSABLE --GALLARDO ESPINDOLA AMANDA ANGELICA (Actuario) Y LO TIENE PARA NOTIFICAR DESDE EL 16 DE AGOSTO DE 2010
EN EL HISTORIAL DE LA DEMANDA USTED PUEDE APRECIAR QUE EL PROYECTO DE LAUDO YA FUE ELABORADO SIN EMBARGO POR MISMO QUE SOLO ES UN PROYECTO PROBABLEMENTE NO FUE APROBADO EN SUS TERMINOS POR LA JUNTA DE CONCILIACION Y FUE EL MOTIVO POR EL CUAL REGRESO A LA MESA DE PROYECTOS DE LAUDO, SIN EMBARGO EN ESTE MOMENTO LO TIENE LA ACTUARIA DE LA JUNTA, A LO MEJOR PARA NOTIFICARLE EL AMPARO QUE USTED MENCIONA HAY QUE CHECAR EL EXPEDIENTE PARA SABER A CIENCIA CIERTA CUAL ES ESTADO PROCESAL .
NOSE CUAL ES EL CONVENIO EN EL QUE HAYA LLEGADO CON SU ABOGADO PERO PUES SI LLEGARON A UN CIERTO CONVENIO DE PAGO LO JUSTO ES QUE SE CUMPLA PERO TAMBIEN ES SU OBLIGACION (DEL ABOGADO) EXPLICARLE CON DETALLE EL PROCEDIMIENTO Y DARLE OPCIONES PARA QUE USTED TOME SU DECISIÓN AHORA SI EL ABOGADO NO QUIERE EXPLICARLE PUES CONTRATE A OTRO.
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