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AutorRespuesta No: 250
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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Septiembre de 2010 21:54 2010-09-17 21:54 desde IP: 189.142.246.104
rules: Reciba cordiales saludos de su amigo el LIc. Polo de Ecatepec Estado de México: Totalmente falso, si usted renuncia voluntariamente, tiene derecho a que se le pague su PRIMA DE ANTIGUEDAD, que corresponde a 12 días por año, que estos aunque usted fuera despedido y perdiera el juicio se lo pagarían de rigor.
Bueno a usted le corresponden 204 días de prima de antiguedad, estas se pagan al DOBLE del salario mínimo, que daría un resultado aproximado de: $24.072.00. más sus proporcionales de Vacaciones adeudadas y primavacacional por el mismo periodo, aguinaldo propocional, caja de ahorro y fondo de ahorro si lo hay, vales de despensa, salarios devengados, y otras prestaciones que le llegaran a adeudar.
Por lo que yo le sugiero que no RENUNCIE, primeramente ASESORESE de un abogado LABORALISTA y no de otra materia, porque si no le hecharía a perder su asunto y sólo sería TIEMPO perdido, por lo que le comenté anteriormente a lo que usted tiene derecho, si renuncia voluntariamente. ASESORESE primero. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! !
Más dudas? Con gusto por este mismo medio puedo ayudarle.
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