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  • Consulta : 2479
  • Autor : SENTIDOJURIDICO
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  • Autor
    Respuesta No: 2537

  • SENTIDOJURIDICO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    SI RENUNCIA UNICAMENTE LE CORRSPONDE AGUINALDO PARTE PROPORCIONAL, VACACIONES SI YA CUMPLIO EL TERCER AÑO O EN SU DEFECTO LA PARTE PROPORCIONAL, LO MISMO PARA LA PRIMA VACACIONAL; LO ANTERIOR EN DIAS ES APROXIMADO PORQUE NO DICE FECHAS CONCRETAS AGUINALDO 5 DIAS; VACACIONES 10 DIAS Y 2.5 DIAS DE PRIMA VACACIONAL, MAS LOS DIAS QUE TRABAJE; SE ESTILA QUE SE DA UNA PEQUEÑA GRATIFICACION LA CUAL NO ES OBLIGATORIA, ES COMO PARTE DE LA PRIMA DE ANTIGUEDAD, LA CUAL SE COBRA CUANDO SE CUMPLEN 15 AÑOS O EN SU DEFECTO HAY DESPIDO. SUERTE.