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  • Consulta : 2471
  • Autor : SENTIDOJURIDICO
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  • Autor
    Respuesta No: 2534

  • SENTIDOJURIDICO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    BIEN EN ESE SENTIDO LOS DIAS SON NATURALES, SALVO QUE EL PLAZO EN QUE FENECE SEA INHABIL ENTONCES, SE PASA AL SIGUIENTE DIA HABIL, ES DECIR QUE SI LOS 60 DIAS SE CUMPLEN UN DOMINGO LA DEMNDA SE PUEDE PRESENTAR EL LUNES; EN ESE ORDEN DE IDEAS LE RECOMIENDO QUE NO SE CONFIE FINALMENTE LA CARGA DE LA PRUEBA PARA DEMOSTRAR QUE DEJO DE LABORAR X DIA ES DE USTED, DIFICILMENTE EL ABOGADO DE LA ACTORA SE VA A ARRIEGAR A PONER UN TERMINO QUE EXCEDA DE LOS 60 DIAS, INCLUSIVE PUEDE CAMBIAR LA FECHA PARA ENCONTRARSE EN TERMINO, EN CUANTO A LAS VACACIONES EN QUE SE ENCONTRABA LA JUNTA SI LA FECHA ESTABA DENTRO DE ESE DIA IGUAL LA ACTORA TENIA QUE HABERLA PRESENTADO EN EL PRIMER DIA HABIL. SUERTE Y LO INVITO A UNA ASESORIA A EFECTO DE VER LA DEMANDA Y LOS TERMINOS EN LA QUE ESTA FORMULADA, EL DESPACHO SE ENCUENTRA UBICADO A LADO DE LA ALAMEDA CENTRAL, EL TELEFONO ESTA EN LA CONSULTA ANTERIOR, ESTO SIN COMPROMISO ALGUNO, SOLO EL ESTUDIO DE SU ASUNTO.