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AutorRespuesta No: 2527
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Abril de 2012 16:37 2012-04-24 16:37 desde IP: 189.161.108.76
BUENA TARDE. EL PATRÓN PUEDE CAMBIAR DE NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE SU EMPRESA, PERO LAS OBLIGACIONES SUBSISTEN. SUPONGO QUE USTED DEMANDO A LA FUENTE DE TRABAJO, CON UN DOMICILIO CIERTO, Y QUE ESE DOMICILIO ES EL MISMO, AUNQUE HAYA CAMBIADO DE RAZÓN SOCIAL. AHORA BIEN, EN ESTE CASO, Y SUPONIENDO QUE LA INTENCIÓN DEL PATRÓN SEA LA EVADIR SU RESPONSABILIDAD CON ESA MANIOBRA, LA NUEVA EMPRESA ADQUIERE LAS OBLIGACIONES POR SUSTITUCIÓN PATRONAL. SU ABOGADO ES QUIEN DEBE PROMOVER, DE SER NECESARIO, EL INCIDENTE RSPECTIVO EN EL DOMICILIO DE LA FUENTE DE TRABAJO, INDEPENDIENTEMENTE DEL NOMBRE QUE AHORA TENGA. SALUDOS
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