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AutorRespuesta No: 2479
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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Abril de 2012 16:34 2012-04-11 16:34 desde IP: 201.173.100.89
no hay obligacion de informar al patron sobre la toma de nota de un sindicato, una vez otorgada la constancia d reconosimiento o toma de nota el sindicato deve entablar una demanda de celebracion de contrato contra la empresa, o un demanda de titularidad si ya existe un sinndicato titular de el contrato, en este proceso si se notifica a la empresa, pero cuano un sindicato se constituye no se informa a ningun patron, solo cuando al patron se le demanda alguno de los dos presupuestos anteriores
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