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Fecha de respuesta: Viernes 06 de Abril de 2012 11:53 2012-04-06 11:53 desde IP: 189.189.126.22
Rollo: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Como lo comenta el colega que me antecede, así debe de ser, y para aclarar la PRIMA DE ANTIGUEDAD, (sin quitar valor alguno al comentario del colega, aclaro) si en su Estado está el salario Mínimo a $60.00 diarios, entonces USTED deberá pagarle a su trabajador $120.00 por día.
Entonces, así usted podrá calcular DOCE DIAS por año, y de ahí si son 25 años entonces dan como resultado los 300 días que comenta el colega SENTIDOJURIDICO, mismos que se deben de multiplicar por los $120.00 que le comenté (aclaro, como ejemplo) porque usted ebe saber en cuanto esta el Salario Mínimo de su Estado.
Y reitero (lo que comenta el colega que me antecede) no lo hagan entre ustedes, es MEJOR IR A LA JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, hagan su CONVENIO y ya se acabó todo. OK? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! !
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