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AutorRespuesta No: 2459
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Fecha de respuesta: Viernes 06 de Abril de 2012 11:37 2012-04-06 11:37 desde IP: 189.189.126.22
monstiz: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Efectivamente, lo que comenta el colega que me antecede, NO ES NECESARIO que asistas a todas las audiencias, tu abogado te tiene que decir, en caso de que sea necesario le desahogo de tu CONFESIONAL, y de la misma manera para cuando lleves a tus testigos, esas dos audiencias serían las únicas a las que tendrías que asistir.
Por otro lado el abogado de la Procuraduría no te puede obligar a asistir a todas las audiencias (es su estilo de ellos),
pero debes de SER MUY CONCIENTE. Porque? Fíjate, nada más porque estas trabajando, quieres REVOCAR al abogado de la Procuraduría, para CONTRATAR UN PARTICULAR, No????
Ahora el PARTICULAR gana TU ASUNTO, entonces..... que dices...... a ya se ganó el ASUNTO, ahora me regreso con el de la PROCURADURIA, porque este no me COBRARA, y el particular se llevará su 35%.
Así lo entiendo, y creo que, si lo hicieras cometerias una ARBITRARIEDAD, ya que el particular trabajó y cuidó tu asunto, entonces es justo QUE LE PAGUES o no???
OK? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! !
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