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  • Consulta : 2330
  • Autor : PalmaM
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  • Autor
    Respuesta No: 2435

  • PalmaM
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    La mayoria de las instituciones de servicios y otras mas, aprovechan la fechas en que disminuye el flujo de personas a la empresa para que su personal tome las vacaciones en esa época y asi no entorpecer el servicio en los dias de temporada alta, sin que esto sea ilegal ya que contrario a lo que mencionas los dias de referencia NO son feriados por ley, solo son cuestiones dogmaticas y religiosas que nada tiene que ver con la LFT y para aclararlo te mando el artículo que establece los días de descanso obligatorio para los trabajadores.

    Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:

    I. El 1o. de enero;

    II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;

    III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;

    IV. El 1o. de mayo;

    V. El 16 de septiembre;

    VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;

    VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo

    Federal;

    VIII. El 25 de diciembre, y

    IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias,

    para efectuar la jornada electoral.