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AutorRespuesta No: 2422
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Marzo de 2012 15:33 2012-03-23 15:33 desde IP: 189.161.48.235
Podríamos decir que ganaste el juicio debido a la rebeldía del patrón y, en consecuencia, está obligado a pagar la totalidad de las prestaciones pero, algunas veces los abogados del trabajador, ante la supuesta rebeldía del demandado pueden cometer uno, o varios de estos errores (antes de que el abogado De León me regañe por pesimista, aclaro que no quiero decir que tus abogados hayan cometido esos errores, pero loo he visto muchas veces dentro del proceso)
1.- El patrón no fue debida y legalmente emplazado.- Ante la rebeldía del patrón, muchas veces el abogado del trabajador se brinca este punto, es decir, no checa que el acta de emplazamiento este debida y legalmente suscrita y que el emplazamiento se haya hecho conforme a derecho. El resultado es que, al no haber sido legalmente notoficado el patrón, este no se presenta a juicio y espera el laudo (sentencia) para después ampararse y solicitar que se reponga el proceso. Esto puede ser desgastante y drustrante para el trabajador, y muchas de las veces decide dejar las cosas como están.
2.- La forma o estilo en el que el abogado redacta la demanda, algunas veces requiere que los puntos sean debidamente probados, aunque el demandado se vaya en rebeldía. Lo malo es que existe una tendencia entre los abogados de los trabajadores a desistirse de su derecho a ofrecer pruebas debido a la rebeldía del patrón, es decir, se piensa que por no haberse presentado el patrón y tenérsele por contestada en sentido afirmativo la demanda, ya no tiene caso presentar pruebas y resulta que esto era indispensable para poder condenar al patrón:
3.- A veces la demanda no se presenta en forma clara y directa, resultando que se dicen un montón de cosas, pero no se atacan los puntos importantes, tales como quiien despidió al trabajador, donde fue despedido, en qu efecha fue despedido, quien se percató de los hechos, o, entre otra scosas, demandan a varios patrones sin especificar la relación que pueda existir entre ellos, lo cual, no obstante la rebeldía, impide a la autoridad emitir un laudo faborable al trabajador.
En lo personal me da mucho gusto cuando el patrón que demando no se presenta, pero también me pongo a pensar en la razón por la cual no se presentó.
Espero que en tu caso todo salga bien y la rebeldía no oculte otras intenciones del patrón, de todos modos, lo hecho, hecho está, y no te queda de otra más que esperar el resultado...Saludos.
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