- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 2301
- Autor : abogado leon
- Consultas en Foro: 5
- Respuestas en Foro: 232
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 2408
-
Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Marzo de 2012 21:26 2012-03-21 21:26 desde IP: 189.189.128.13
Gustavo: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de ecatepec Estado de México: Esto es a lo que se le llama suspension TEMPORAL de la relacion de Trabajo, por lo mismo de que usted se encuentra incapacitado y así lo DICTAMINO el IMSS, por ende hasta que se le de de alta usted podrá regresar a sus labores.
Claro que también aquí, correrá el RIESGO de como lo reciba su patrón, pues DOS AÑOS si es un bien tiempo, y tambien depende de la relacion que haya tenido antes de la incapacidad con su patron. (Aclaro, no es una regla, es mi punto de vista PERO SE DAN CASOS). OK? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! !
-
Autor