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AutorRespuesta No: 22
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Julio de 2010 21:33 2010-07-23 21:33 desde IP: 201.116.140.246
Si la página (trabajo para el cual fuiste contratado) la concluiste puedes demandar civilmente el cumplimiento de la obligación de pago de la misma, en términos del contrato que tengas celebrado en caso de tenerlo, o en su defecto tendrás que acreditar los extremos de existencia, términos y condiciones de dicho contrato con diversos medios de prueba.... te recomiendo en lo sucesivo tengas fornalizado un contrato de prestación de servicios, qu firmen tanto tu cliente como tu, para que de esta forma tengas elementos que te puedan ser útiles en caso de un conflicto legal...
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