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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Febrero de 2012 14:52 2012-02-23 14:52 desde IP: 201.116.245.210
Estimado josemlv:
Efectivamente, la empresa no tiene obligación en entregarte una carta de recomendación; pero si es su obligación proporcionarte una Constancia de Trabajo, la cual es tu derecho exigir de acuerdo a lo señalado en el artículo 132 fracción VIII de la LFT.
espero haber ayudado a resolover tus dudas.
Exito.
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