Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 210
  • Autor : VelázquezLaboral
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 0
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 215

  • VelázquezLaboral
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante:

    La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales o colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.

    Estos fines, no obstante, no excluyen la posibilidad de que una cooperativa tenga empleados o trabajadores y en relación con estos, la aplicación del régimen jurídico laboral previsto por la Ley del Trabajo. Por tanto, es importante que Usted sepa cuál es su condición dentro de la cooperativa, es decir, si Usted es socio o empleado.

    Respecto de las utilidades, Usted tiene derecho a ellas, si la cooperativa generó y declaró utilidades en su declaración anual y desde luego, si Usted es empleado o trabajador, porque si es socio, conforme a la Ley General de Sociedades Cooperativas, solo tendrá derecho a una participación proporcional a su aportación social.

    Saludos.