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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Enero de 2012 18:11 2012-01-12 18:11 desde IP: 189.222.201.127
Que tal Luis muy buenas tardes
Respecto a tu pregunta lo unico que puedes recuperar son las del ultimo año, ya que segun la Ley Federal del Trabajo prescriben en un año las acciones para reclamar esas prestaciones, por lo que las vacaciones de tu primer año ya no las puedes reclamar, para el pago de las vacaciones que estan pendientes puedes acudir a la PROFEDET para que manden a llamar a tu patron o en su defecto demandar el pago de esa prestacion. saludos
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