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  • Consulta : 2093
  • Autor : temillo
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  • temillo
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    aque se dedica tu empresa? si es viable pero yo no lo recomendaria ya que de no hacerlo bien te lo tomaran como una prestacion extra, ya que la prima de antiguedad es pagada scon un salario definido cuando se tenga derecho ha tenerlo,, por ejemplo

    tu trabajador le empiesas a pagar este año,, seran 12 por año por el dovble del salario minino,,,

    pero si el trabajador te dura laborando  por ejemplo 10 años la prima de antiguedad  se paga al doble del salario de año de aqui a diez añoes ,, esto es los diz año se pagara la antiguedad al año en que se tenga derechoe en conclusion... le seguirar debiendo,.

    la otra opcion seria renunciar y contratar de nuevo cada año pero te arriesgas a una demanda,, saludos,, cualquier cosa visita mi oficina virtual  ya que soy de aqui mismo lo puedes hacer  donde esta el logo saludos