- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 2011
- Autor : efigueroa
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 2
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 2248
-
Fecha de respuesta: Viernes 30 de Diciembre de 2011 15:17 2011-12-30 15:17 desde IP: 189.222.211.45
Cuando un patron cambia de razon social, es como cambiar de patron y el anterior es obligado solidario durante los seis meses postariores a dicho cambio, si eso sucede mientras existe un juicio al momento en que se dicte Laudo y salga condenado el patron debes promover un incidente de sustitucion patronal en el cual manifiestas que el patron demandado de X denominacion a partir de tal fecha su denominacion cambio a Y, ahi debes ofrecer como pruebas informes de autoridad tanto del SAT como de Recaudacion de rentas o como se denomine en tu estado a fin de que informen al tribunal laboral si la empresa demandada cambio su razon social y en su caso domicilio.
-
Autor