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AutorRespuesta No: 2175
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Noviembre de 2011 11:36 2011-11-07 11:36 desde IP: 66.68.240.129
Si renuncia solamente tendrá derecho a recibir el pago proporcional de las prestaciones pendientes, como de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, PTU, etc, nada más.
Yo le aconsejo que no renuncie.
Saludos,
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