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  • Consulta : 1909
  • Autor : Guillen-Galindo
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  • Autor
    Respuesta No: 2151

  • Guillen-Galindo
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    A lo que se alcanza a entender es que como el patron no acredito los dias que labora el actor y al corresponderle a el probar su dicho a ese respecto debe cubrir tambien el 25% mas que corresponeria por la prima dominical pero aqui va mas alla y dice que 25% de los dias ordinarios es decir los demas dias de la semana. saludos