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  • Consulta : 19
  • Autor : erick7474
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  • Autor
    Respuesta No: 13

  • erick7474
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En tu caso, considero que de existir subordinación, horario y pago de salario se actualiza la existencia de una relación laboral en términos del artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo, máxime que laboras dentro de instalaciones de la patronal; es común que a efecto de pretender evitar responsabilidad alguna de tipo laboral, algunos patrones pretendan establecer que la relación que existe es meramente de honorarios; lo cuál creo en tucaso no se actualiza ya que por los datos que proporcionas se presume la existencia de una relación laboral al materializarse la existencia de los elementos antes indicados