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AutorRespuesta No: 2130
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Fecha de respuesta: Lunes 17 de Octubre de 2011 17:46 2011-10-17 17:46 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
Las primeras nueve horas trabajadas en tiempo extraordinario, deben pagársele con el salario doble que corresponda a cada una de ellas; las restantes, de la décima hasta la vigésima cuarta, con salario triple.
El salario que se toma en consideración, es el de $ 276.91.
Por tanto, dividido ese salario entre 8, que son las horas de su jornada legal, se obtiene que usted tiene un salario de 34.61 por hora, que multiplicado por dos, dan $ 69.22,con que deben pagársele las primeras nueve horas, y multiplicado por tres, $ 103.84, que es con lo que se le tendrán que pagar ls horas que excedan a las primeras nueve.
Por tanto, el importe de ese tiempo extrordinario trabajado es de $ 2,180.58, y no le corresponde pago de prima dominical, por las horas laboradas el domingo, porque no corresponden a su jornada normal de trabajo, sino a tiempo extraordinario.
Adicionalmente, el patrón le pagará el salario que le corresponde el sábado y domingo, aunque no hubiera trabajado ese tiempo extra.
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