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  • Consulta : 189
  • Autor : abogado leon
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  • Autor
    Respuesta No: 196

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    julzy; Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México; Primeramente te diré que es necesario saber si cuentan con CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, ya que si es así, en el mismo se encuentran prestaciones superiores a las que marca la Ley del Trabajo.

    Pero si no lo hay, te corresponderían; Tres meses de salario diario integrado como Indemnizacion Constitucional, Pago de vacaciones (propocional si ya disfrutaste de ellas) pago de prima vacacional (de igual manera proporcional) al tiempo que laboraste, el pago de Aguinaldo proporcional (enero-Agosto 2010) estos tres se pagarán al salario diario SIN INTEGRAR, pago de prima de ANTIGUEDAD, esta se paga al DOBLE del salario mínimo que rija en tu estado, y por último los salarios devengados si los hay. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! !

    Más dudas? Con gusto por este mismo medio te puedo ayudar.