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AutorRespuesta No: 2074
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Fecha de respuesta: Sábado 01 de Octubre de 2011 18:15 2011-10-01 18:15 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
Por cada falta injustificada en que incurra, el patrón tiene derecho a descontarle el salario de ese día, másla parte proporcional correspondiente al séptimo día de descanso, que es el 16.66% del salario del día; es decir, le deben descontar 1.1666 días de salario, aunque en realidad, son pocos los patrones que tienen concimiento de ello, y solamente se concretan a descontar el sueldo del día en que se faltó a trabajar.
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