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  • Consulta : 1825
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 2060

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si bien no proporciona datos respecto a si en su contrato de trabajo se estipularon las actividades que como Gerente de Proyectos debía desempeñar en favor del patrón, después de siete años resulta irrelevante el que se hayan señalado esas funciones, si usted, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que le asignaron otras, no demandó la rescisión de contrato por causa atribuible al patrón, al modificarle unilateralmente las condiciones de trabajo.

    Dado el tiempo transcurrido, su derecho a demandar esa rescisión, para que sea liquidada, como ustedseñala,alcien por ciento, prescribió hace mucho tiempo, de forma tal que si en este momento pretende hacerlo (lo aque exige que deje de presentarse a trabajar y presente la demanda), seguramente perderá no solo el juicio, sino también el trabajo y la liquidación que desea.