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AutorRespuesta No: 2041
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Fecha de respuesta: Sábado 10 de Septiembre de 2011 19:03 2011-09-10 19:03 desde IP: 189.189.159.86
krijoe: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec estado de México: AQUI ES IMPORTANTE, señalarle que su CONSULÑTA es CONFUSA ya que usted nos indica que "en la empresa donde trabajo......Sic", se entiende que usted es trabajador, pero también que usted es parte integrante de RECURSOS HUMANOS, estoy bien?
Porque, si le interesa saber la jurisprudencia que regule "cuando hay rebeldía por parte del trabajador", RESPETUOSAMENTE a usted en que le beneficiaría? Pues total cada quien vela por sus intereses, creo que es así. Y claro que hay infinidad de jurisprudencias, que hablan a cerca de dicha duda.
Pero si nos ayuda a resolver esa duda con gusto se le podría ayudar. Ok SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! !
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