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  • Consulta : 1778
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 1994

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si un trabajador es despedido por el patrón injustificadamente, sin importar el tiempo que tenga laborando debe pagarle tres meses de salario integrado por concepto de indemnización constitucional, ya que esta es precisamente la forma de resarcirle los daños y perjuicios quye se causan a sus derechos de permanencia en el trabajo.

    Si el patrón contrata a un trabajador, y quine minutos después lo despide injustificadamente, igual debe pagar la indemnización constitucional, precisamente por haber dado unilateralmente por terminada larelación laboral, dejando de cumplir asi las obligaciones a su cargo nacidas del contrato individual de trabajo, que lo contreñía a cumplir las que pactó con el trabajador, o las que se derivan en la Ley Federal del Trabajo.