- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 177
- Autor : VelázquezLaboral
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 0
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 214
-
Fecha de respuesta: Viernes 10 de Septiembre de 2010 12:16 2010-09-10 12:16 desde IP: 187.131.120.136
Abogado León:
Estoy totalmente de acuerdo en que el contrato colectivo de trabajo puede contemplar dias de descanso adicionales a los contemplados por la LFT.
Ante la falta de disposición contractual, se estará a lo dispuesto por la Ley.
Saludos cordiales.
-
Autor