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  • Consulta : 1717
  • Autor : temillo
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  • Autor
    Respuesta No: 1962

  • temillo
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    laempresa no esta obligada a pagartelas aun la obligacion empiesa 6 meses despues de que tu cumples años es decir 28 de febrero a partir del 29 de agosto estaria obligada por lo que en caso de no pagarte ese es un motivo para demandar, esto por que la ley le da al patron 6 meses para pagar este concepto