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  • Consulta : 1711
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 1938

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si, toda vez que las vacacones, en términos delo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo, se consideran como días de descanso con pago de salario íntegro, lo que equivale entonces a que el trabajador percibe ese salario como si estuviera trabajando, y no como cuando inasiste injustificadamente.