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AutorRespuesta No: 1917
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Fecha de respuesta: Jueves 04 de Agosto de 2011 14:22 2011-08-04 14:22 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
Dado que en el convenio que celebró con la empresa demandada para dar por terminado el juicio, no convino con ella que durante el tiempo transcurrido desde el despido hasta el día en que, en virtud de esde convenio, se dió por terminada la relación laboral, debían mantenerlo inscrito como trabajador a su servicio, pagando las cuotas obrero-patronales correspondientes, legalmente ya no puede hacer nada.
Con mayor razón, cuando usted, en virtud de ese despido injustificado, dejó de prestar sus servicios físicamente para el patrón, por lo que de conformidad con la Ley del Seguro Social, tampoco puede reclamarle a la institución el reconocimiento de esas semanas de cotización, toda vez que sólo los trabajadores que están en activo, es decir, que se encuentran laborando, pueden hacer los trámites para que, oficiosamente, el Instituto los reinscriba cuando han sido dados de baja indebidamente por el patrón.
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