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  • Consulta : 1652
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 1877

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    El sustento legal se encuentra en el artículo 31, de la Ley Federal del Trabajo, que señala que el contrato de trabajo y la relación laboral, obligan a lo expresamente pactado que sea conforme con la ley, la buena fe y la equidad.

    Entonces, si el trabajador, desde que inició la prestación de su servicio en favor del patrón, está recibiendo esa prestación en especie, forma parte de las que debe recibir por el trabajo que desempeñe, sin importar si quedó establecida o no en un contrato escrito, toda vez que, de haber sido verbal la contratación y la estipulación de las condiciones de trabajo, entre las que se incluye el salario, que se integra no solamente con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, primas, comisiones en numerario, sino también por cualquier prestaciones en especie que se entregue al trabajador por su trabajo, como lo señala el artículo 84, del Código Laboral, el patrón está obligado a proporcionar ese servicio de transporte, pues es precisamente una prestaci´pon que forma parte del salario del trabajador, y si no puede ya brindarla en especie, tendrá entonces que ministrarla en efectivo, entregando al trabajador el costo de los pasajes que éste deba cubrir para transportarse de su domicilio al centro de trabajo, y viceversa.