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  • Consulta : 1634
  • Autor : abogado leon
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  • Autor
    Respuesta No: 1829

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    eric70: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de ecatepec estado de México: Es IMPORTANTE lo que señala el CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO, y si en alguna cláusula se señala que el "patron en cualquier momento podrá cambiar el horario y/o la jornada de trabajo", aquí es IMPORTANTE señalar que también, el patron no puede "saltarse, el REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO".

    Ni tampoco puede UNILATERALMENTE cambiar ese REGLAMENTO. Por lo tanto debe de hablar con su patrón, y si lo OBLIGA a cambiar su rutina laboral, usted puede decidir por la rscición de trabajo, y/o por el despido de trabajo. Aquí es IMPORTANTE que se haga asesorar por un abogado laboralista, y no CONTRATE a ABOGADOS  de otras materias. Ok? SLUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE !  !  !  !  !