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  • Consulta : 1629
  • Autor : abogado leon
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    Respuesta No: 1816

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    tripa: Recibe saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Como lo comentas tu salario DIARIO NOMINAL es de $127.59, este salario te servirá de base UNICAMENTE para el pago de Vacaciones, y Prima Vacacional: Bueno,  si a caso no has disfrutado Vacaciones serían por el primer año SEIS DIAS y por el segundo OCHO días que sumados serían CATORCE DÍAS, más el 25% de la PRIMA vacacional, y si ya recibiste las del primer año entonces sólo recibirías las del SEGUNDO año (ocho días más el 25% de Prima Vacacional). OK?

    Ese salario tambien te servirá para calcular el AGUINALDO, que en este caso sería en parte PROPORCIONAL, es decir´, te pagarían 8.75 dias por dicho concepto.

    Prima de antiguedad; Aquí ya cambia, el salario con que se calcula dicha prestación, se hace en base al DOBLE DEL SALARIO MINIMO que rija en tu Estado, y a DOCE días por año trabajado. Me explico? en este caso te corresponden 24 días suponiendo que el salario mínimo de tu Estado sean $59.00 al DOBLE serían $118.00 por dia, estos se multiplican por 24 y el resultado es lo que te correspondería, por este concepto.

    Ahora bien; Todo esto es independiente, y si hay CAJA DE AHORRO, FONDO DE AHORRO, premios de asistencia, y todo AQUELLO que haya en el Contrato Colectivo de Trabajo.Por lo que te aclaro, si las prestaciones que recibes por Contrato Colectivo, entonces sería más, pero creo que todo es claro y lo podras calcular tu mismo.

    Ahora por el concepto de INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL: Aquí tambien cambia, esta INDEMNIZACION se calcula en base al salrio DIARIO INTEGRADO, es decir es más elevado este salario, aquí es un poco complejo ya que no comentas que prestaciones percibes por parte de la empresa, pero si en tu RECIBO de pago aparece SALARIO INTEGRADO, toma ese para calcularla indemnizacion, ó en la hoja rossa del Seguro Social en ocasiones aparece el salario dirio integrado. Bueno si lo localizas ese salario diario integrado lo MULTIPLICAS por 90, y el resultado es los que te correspodería de indemnizacion. OK?

    BUeno ya despues SUMAS todo y eso es lo que te deben pagar por LIQUIDACION. OKM? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE !  !  !  !  !