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  • Consulta : 1573
  • Autor : abogado leon
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  • Autor
    Respuesta No: 1813

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    CPTAM: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Con referencia a tu CONSULTA, la Indemnizacion Constitucional que corresponde TRES MESES de SALARIO DIARIO INTEGRADO, y no a SALARIO nominal.

    Prima de antigüedad: de DOCE DIAS por año trabajado, estas se pagan al doble del SALARIO MINIMO que rija en tu Estado, más ó menos, sería a $110.00 por día, que se MULTIPLICA por doce meses da como resultado $1,320.00, por año, aparte las proporcionales que correspondan por aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, aquí IMPORTANTE hacerte saber, que es difícil CALCULAR estas prestaciones, ya que no señalas si hay Contrato Colectivo de Trabajo, y dentro de sus clausulas sean más elevadas esas prestaciones. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE !  !  !  !  !

    Siempre debes de hacerte ASESORAR por ABOGADO LABORALISTA nunca por otros de otras MATERIAS. SALUDOS.