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AutorRespuesta No: 1813
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Julio de 2011 11:26 2011-07-22 11:26 desde IP: 189.189.161.3
CPTAM: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Con referencia a tu CONSULTA, la Indemnizacion Constitucional que corresponde TRES MESES de SALARIO DIARIO INTEGRADO, y no a SALARIO nominal.
Prima de antigüedad: de DOCE DIAS por año trabajado, estas se pagan al doble del SALARIO MINIMO que rija en tu Estado, más ó menos, sería a $110.00 por día, que se MULTIPLICA por doce meses da como resultado $1,320.00, por año, aparte las proporcionales que correspondan por aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, aquí IMPORTANTE hacerte saber, que es difícil CALCULAR estas prestaciones, ya que no señalas si hay Contrato Colectivo de Trabajo, y dentro de sus clausulas sean más elevadas esas prestaciones. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! !
Siempre debes de hacerte ASESORAR por ABOGADO LABORALISTA nunca por otros de otras MATERIAS. SALUDOS.
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