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Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 1442
- Autor : LIC. CLAUDIA JANETH
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Fecha de respuesta: Sábado 11 de Junio de 2011 00:30 2011-06-11 00:30 desde IP: 189.159.183.86
hola buen dia:
con respecto a tu consulta, el embargo precautorio te garantiza que tengas algo seguro para cuando se concluya tu juicio, y una vez dictado el laudo se puede convertir en definitivo, y mas si la empresa se encuentra en quiebra o se fue del lugar donde se encontraba y no le pagaron a los trabajadors como lo hacen algunas empresas y mientras este inscrito en el registro publico de la propiedad se encuentra a tu nombre o a nombre de quien lo hayan inscrito dicho embargo y al final del juicio como te comento ya puede ser definitivo, asi que espero que pronto se termine tu juicio, saludos cordiales que tengas un excelente dia.
Atentamente:
Lic. Claudia Janeth Saldívar Avalos
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