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  • Consulta : 139
  • Autor : erick7474
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  • Autor
    Respuesta No: 137

  • erick7474
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Claro que estas en apgtitud de demandar si así lo deceas, te recomiendo acudas a la procuraduría de la defensa del trabajo de tu localidad; podrias demandar en un momento dado la indemnización por despido si asi lo deceas, así como la inscripción con carácter retroctivo ante el I.M.SS. y demás prestaciones