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  • Consulta : 135
  • Autor : erick7474
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  • Autor
    Respuesta No: 138

  • erick7474
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Claro que se puede despedir a un trabajor d emanera justificada, en tu caso creo que se tuvieron a la mano elementos mas que suficientes para intentar configurar alguna de las causales de rescisión a que se contrae el artículo 47 de la Ley Laboral; en el caso de las causas justificadas, dicha causal únicamente se actualiza cuándo el trabajador falta mas de 3 veces dentro de un lapso de 30 días; ahora bien, de no haberse actualizado dicha causal bien pudo haberse configurado alguna otra, claro esta para poder rescindir se bene tener elementos suficientes que soporten las causales que se invoquen, ya que serán la defensa del patrón ante un eventual juicio.- Recomiendo que se tenga un mayor control en las entradas y salidas de labores, ejemplo, un reloj checador a efecto de evitar alteraciones en los registros de entradas y salidas de asistencia de los trabajadores; tarjetas que en un momento dado deberán justificar las inasistencias a labores; ahora bien, tambien los contratos individuales considero deben especificar en el mismo, entre otras circunstancias los horarios de entrada y salida, etc; al respecto del citado trabajador; para que en su oprtunidad dichos documentos puedan servir de soporte ante un eventual rescisión y juicio laboral.