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  • Consulta : 1329
  • Autor : soldiertj
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  • Autor
    Respuesta No: 1529

  • soldiertj
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    COMO TE DIJO POLO,  GRAVISIMO ERROR DEL PATRON HABERTE RESCINDIDO LA RELACION LABORAL POR FALTAS,  SI LA EMPRESA DICE QUE NO ACUDISTE A LABORAR LOS DIAS 01, 02, 03 Y 04 DE MAYO DE ESTE AÑO, Y TU DICES QUE TE DESPIDIERON EL DÍA 30 DE ABRIL DE ESTE AÑO AL TERMINO DE TU JORNADA, SERIA LOGICO QUE NO ACUDISTE A LABORAR LOS DIAS QUE MENCIONA EN SU AVISO DE RESCISION, POR LO CUAL SE LE COMLICA LA SITUACION A DICHA EMPRESA; PERO RECUERDA TIENES 60 DIAS A PARTIR DE LA FECHA DE TU DESPIDO PARA DEMANDAR ATU PATRON, NO TE ATA.RUGES Y ASESORATAE DEBIDAMENTE CON UN ABOGADO LABORALISTA